El seguro de inquilino es la póliza destinada a personas que residen en una vivienda de alquiler, cuyas coberturas más relevantes son las destinadas a la protección del mobiliario y los bienes materiales y la responsabilidad civil.
¿Qué cubre el seguro del inquilino?
Un seguro de inquilino cubre al arrendatario con diversas protecciones básicas, tanto dentro como fuera de la vivienda, y con coberturas complementarias, opcionales o no en función del producto elegido. Generalmente, los seguros de inquilinos incluyen la responsabilidad civil frente a terceros entre sus garantías.
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Daños en el interior de la vivienda de alquiler
Todas las pólizas para arrendatarios cuentan con una serie de protecciones para los daños que se han producido dentro de la vivienda asegurada. Cada una de estas coberturas tiene unos límites establecidos por la compañía con la que se contrata. Las más habituales son:
Actos malintencionados provocados
por
terceros.
Provocados por subidas de tensión, cortocircuitos, etc.
Daños causados accidentalmente por estos fenómenos.
Granizo, vientos fuertes, lluvias, nieve,
etc.
humo
Ocasionados accidentalmente por humo u hollín.
sónicas
Perjuicios causados por las ondas de aeronaves.
Protección fuera de casa
Algunas compañías protegen al inquilino ante los daños que pueda sufrir cuando se encuentra fuera de la vivienda. El uso fraudulento de tarjetas bancarias o los atracos son ejemplos de este tipo de coberturas.
Responsabilidad civil del seguro de hogar para inquilinos
En una vivienda de alquiler, la persona responsable de lo que en ella ocurra es el arrendatario. Por tanto, la cobertura de responsabilidad civil será asumida por el seguro del inquilino.
Esta protección de hace cargo de los daños accidentales que se causen a terceros, desde una caída de una maceta del balcón que rompe la luna de un coche, hasta una rotura de tubería que provoca una gotera al vecino de abajo.
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Otras coberturas del seguro de arrendatarios
Además de las protecciones que hemos mencionado anteriormente, las aseguradoras suelen incluir otro tipo de coberturas, algunas de ellas son:
-
Asesoramiento
Asesoramiento jurídico en caso de que haya problemas con el casero e informático.
-
Protección
Objetos de valor como joyas, obras de arte o dinero y reclamación de la fianza del alquiler.
-
Reparaciones
Reparaciones estéticas de bienes, de desperfectos y bricolaje.
-
Servicio de cerrajero
Reposición de llaves y cerraduras.
No hay que olvidar que el seguro de hogar para inquilinos cubre en caso de robo en casa, protegiendo los bienes del inquilino.
En las vivienda de alquiler vacacional, alquiladas a mucha gente en cortos periodos de tiempo, los propietarios pueden solicitar un depósito online y protección de daños en el proceso del check-in para proteger las viviendas de costes imprevistos y, en caso de estar todo bien, devolverles el dinero en un solo click. Además, se puede optar por un plan de protección de daños sin deducibles que se ajuste a las necesidades, pudiendo establecer tarifas adecuadas a cada huésped y generar ingresos adicionales con la reserva.
¿Qué no cubre el seguro del inquilino?
El seguro de hogar para inquilinos no cubre el continente. Sin embargo, el seguro del propietario sí que se hace cargo de esta parte de la vivienda. Ambas pólizas de vivienda en alquiler son independientes entre sí, por lo que no es necesaria la contratación de una para la firma de la otra, ni poseen las mismas prestaciones.
Cuidado con el periodo de carencia Generalmente, en el seguro de inquilino existe un periodo de carencia de un mes. Este tiempo puede aumentar, disminuir o desaparecer en función de la aseguradora.
Precios de seguros para inquilinos de diferentes compañías
- Robo dentro de casa
- Vandalismo
- Rotura de cristales
- Daños eléctricos
-
Joyas fuera de
caja fuerte - Bricolaje
- Asistencia informática
Los precios de todos los seguros de hogar han sido calculados para un piso, en núcleo urbano, en Madrid, de 71 m²
Dudas frecuentes sobre el seguro de inquilino
¿El seguro para inquilinos es obligatorio?
El seguro para inquilinos no es obligatorio, aunque sí aconsejable. El único caso en el que es obligatorio un seguro de casa es para los propietarios que tienen su vivienda vinculada a una hipoteca.
¿Tiene obligación el propietario de tener asegurada la vivienda?
No, a no ser que esta esté sujeta a una hipoteca. En este caso, siempre será obligatorio.
¿Quién paga el seguro de hogar para inquilinos?
El coste del seguro de inquilino lo paga el propio inquilino.
Podemos encontrar dos tipos de seguros de viviendas en alquiler:
- Los seguros de impagos: pagados por el propietario que alquila su vivienda, que es a su vez la persona que se beneficia de sus coberturas frente al impago de las cuotas por parte de su inquilino.
- Los seguros para inquilinos: que como ya hemos comentado, son pagados por la persona que vive de alquiler, ya que es quien se beneficia de sus protecciones.
¿Es necesaria una autorización del propietario de la vivienda para contratar el seguro de inquilino?
No. El tomador del seguro es el inquilino, que es quien disfrutará de las coberturas que ha contratado y pagado, por tanto, es completamente libre para la contratación del seguro.
¿El seguro para inquilinos protege frente al desahucio?
No. El seguro de hogar para inquilinos puede ofrecer asesoramiento jurídico telefónico ante este tipo de situaciones legales. No obstante, la defensa jurídica solo va a incluir aspectos como:
- Asesoramiento jurídico extrajudicial.
- Defensa y reclamación frente al casero.
- Traslado legal obligatorio con una cantidad para la mudanza siempre que no sea por impago.
Por Andrea Martínez
Especialista en contenidos de Telecomunicaciones
Experta en Telecomunicaciones de Selectra. Responde a las preguntas que el consumidor se hace sobre Internet, móvil y plataformas de streaming.