Los seguros de vida tienen como propósito principal brindar protección en caso de fallecimiento o accidente. Además, en muchos casos, incluyen cobertura para la aparición de enfermedades graves, aunque generalmente de forma opcional. A continuación, te presentamos un listado de estas enfermedades y las compañías que las cubren.
Enfermedades que cubre un seguro de vida
Aunque suele ser de forma opcional, los seguros de vida pueden incluir protección en caso de ser diagnosticado de cualquiera de las siguientes enfermedades:
- Cáncer:
Crecimiento descontrolado de células malignas con invasión local o metástasis, incluyendo leucemias, linfomas y melanomas malignos.
- Infarto de miocardio:
Necrosis de una parte del músculo cardíaco debido a una obstrucción en las arterias coronarias que impide la circulación sanguínea en la zona afectada.
- Bypass:
Intervención quirúrgica destinada a redirigir la circulación sanguínea en las arterias coronarias bloqueadas, utilizando un injerto de una vena o arteria sana para crear un puente que restablezca el flujo.
- Apoplejía o Ictus:
Daño en el tejido cerebral causado por una interrupción prolongada del flujo sanguíneo en el cerebro, con una duración mayor a 24 horas y secuelas neurológicas permanentes.
- Insuficiencia renal no temporal:
Pérdida progresiva e irreversible de la función renal, lo que impide a los riñones filtrar adecuadamente los desechos y líquidos del organismo.
- Alzheimer:
Patología neurodegenerativa que provoca una pérdida irreversible de la memoria, el razonamiento y otras funciones cognitivas, siendo la causa más frecuente de demencia en adultos mayores.
- Esclerosis múltiple:
Trastorno del sistema nervioso central que afecta la comunicación entre el cerebro, los nervios ópticos y la médula espinal, provocando síntomas motores y sensoriales progresivos.
- Parkinson:
Trastorno neurológico progresivo que afecta el sistema nervioso central, caracterizado por temblores, rigidez muscular y reducción en la movilidad, con un deterioro motor permanente.
- Trasplante de órgano vital:
Intervención quirúrgica en la que el asegurado recibe un trasplante de órganos esenciales para la vida, como corazón, pulmón, hígado, páncreas, riñón, intestino delgado o médula ósea.
- Parálisis:
Pérdida total e irreversible de la función de al menos dos extremidades debido a una lesión en la médula espinal causada por una enfermedad o accidente.
- Enfermedad terminal:
Patología que, según la evaluación de un médico especialista, limita la esperanza de vida del paciente a un período máximo de 12 meses desde su diagnóstico.
- Ceguera:
Pérdida completa, irreversible y permanente de la visión en ambos ojos como consecuencia de una enfermedad o un accidente.
- ELA :
Enfermedad neurodegenerativa progresiva que afecta las neuronas motoras del cerebro y la médula espinal, provocando una pérdida gradual del control muscular. Con el tiempo, se experimentan debilidad, parálisis y dificultades para hablar, tragar y respirar.
- Enfermedad pulmonar obstructiva crónica:
Patología respiratoria crónica que causa una obstrucción persistente del flujo de aire en los pulmones, dificultando la respiración y reduciendo la calidad de vida.
- Tumor benigno cerebral:
Masa anómala de células en el cerebro, los nervios craneales o las meninges, que no se propaga a otros tejidos, pero puede generar síntomas neurológicos graves y requerir cirugía invasiva. No incluye tumores de la glándula pituitaria, angiomas, colesteatomas ni neoplasias óseas.
¿Qué seguros de vida cubren enfermedades graves?
A la hora de contratar un seguro de vida, es fundamental considerar las coberturas que ofrecen las aseguradoras frente a diversas enfermedades graves. Estas coberturas pueden marcar una gran diferencia en el momento de enfrentar un diagnóstico médico complicado, proporcionando una red de seguridad financiera durante un proceso de tratamiento o recuperación.
En la siguiente tabla, te presentamos una comparativa de las principales aseguradoras que incluyen en sus pólizas coberturas para enfermedades graves como cáncer, infarto de miocardio, apoplejía, Alzheimer y muchas más.
Enfermedad | DKV Vida | Caixa MyBox Vida | Nationale-Nederlanden Contigo Familia | Life5 Seguro de Cáncer | Santalucía MaxiPlan Vida | Allianz Vida Riesgo | Aegon Extra Vida |
---|---|---|---|---|---|---|---|
Cáncer | Sí | Sí | - | Sí | Sí | Sí | - |
Infarto de miocardio | Sí | Sí | Sí | Sí | Sí | Sí | Sí |
Bypass | Sí | Sí | Sí | - | - | Sí | - |
Apoplejía / ICTUS | Sí | Sí | Sí | Sí | Sí | Sí | Sí |
Insuficiencia renal no temporal | Sí | Sí | Sí | Sí | - | Sí | - |
Alzheimer | Sí | Sí | Sí | Sí | - | - | - |
Esclerosis múltiple | Sí | Sí | Sí | - | Sí | - | - |
Parkinson | Sí | Sí | Sí | Sí | - | - | - |
Trasplante de órgano vital | Sí | Sí | Sí | Sí | Sí | Sí | - |
Parálisis | Sí | - | - | Sí | - | - | - |
Enfermedad terminal | Sí | - | - | - | Sí | - | - |
Ceguera | Sí | - | - | - | - | - | - |
ELA | - | Sí | - | - | - | - | - |
Enfermedad pulmonar obstructiva crónica | - | - | Sí | - | - | - | - |
Tumor benigno cerebral | - | - | Sí | - | - | - | - |







Enfermedades graves en un seguro de vida: condiciones
Los seguros de vida disponen de una coberturas adicional que se puede contratar para protegerse ante la aparación de enfermedades graves. Para que esta cobertura adicional tenga efecto, se deben cumplir ciertas condiciones que dependen cada seguro. A continuación, te detallamos las más comunes:
- Que no se trate de una enfermedad preexistente, es decir, que no existiera con anterioridad a la contratación de la póliza.
- Que la enfermedad se origine finalizado el periodo de carencia de la póliza. Esta suele ser de 3 o 6 meses.
- Se debe presentar la documentación correspondiente, incluyendo certificados médicos, pruebas y reportes detallados sobre la enfermedad:
- En el caso de un diagnóstico de cáncer, se requiere una histología claramente identificada que lo respalde.
- Para un bypass, es necesario proporcionar un informe que demuestre la presencia de dolor torácico típico, alteraciones características del infarto en el electrocardiograma o un aumento en los niveles de troponinas y otras enzimas relacionadas con el infarto.
- En el caso de un derrame o infarto cerebral, debe ser confirmado por los síntomas clínicos habituales y hallazgos consistentes en una tomografía computarizada (TAC) y resonancia magnética (RMN) del cerebro.
- Para el diagnóstico de esclerosis múltiple, es imprescindible mostrar evidencia de anomalías neurológicas persistentes durante al menos seis meses o presentar al menos dos episodios clínicamente documentados con un mes de diferencia entre ellos, o un episodio documentado junto con hallazgos específicos en el fluido cerebroespinal y lesiones cerebrales detectadas por resonancia magnética.
- Que supere el periodo de sobrevivencia: que el asegurado sobreviva a partir de la fecha de primer diagnóstico un tiempo mínimo de 7 días naturales. Este periodo puede variar dependiendo del seguro.
Lo más habitual es que, una vez comprobado que todo está en orden, la aseguradora compruebe mediante sus propios servicios médicos el estado de la enfermedad. Una vez hecho esto procede con el abono de la prestación contratada.

Especialista en Seguros
Óscar se incorporó a Selectra en 2019 como creador de contenido y, en 2023, se hizo cargo del departamento de seguros, debido a su conocimiento del sector. Su principal función es ofrecer al usuario asesoramiento experto en la materia, con el fin de dar a conocer el seguro que más se adapta a sus necesidades.