Guía para presentar el Modelo 347 ante Hacienda

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Si tu empresa ha realizado transacciones con comercializadoras de electricidad como Endesa, Iberdrola o Naturgy, entre muchas otras, por un importe superior a 3.005,06 € en el último año, es obligatorio declararlas mediante el Modelo 347 de la Agencia Tributaria antes del 28 de febrero.

Modelo 347 de la Agencia Tributaria: Declaración de operaciones con terceros

El Modelo 347 es un documento fiscal que las empresas y autónomos deben presentar para informar sobre aquellas operaciones que superen los 3.005,06 euros en un año fiscal. Su propósito es permitir a la Agencia Tributaria cruzar información entre contribuyentes y detectar posibles inconsistencias o fraudes.

 

¿Quiénes deben presentar el Modelo 347?

Están obligados a presentar esta declaración:

  • Empresas y autónomos con facturación superior a 3.005,06 euros con un mismo proveedor o cliente.
  • Propietarios que alquilen inmuebles y superen este umbral de ingresos.
  • Asociaciones, fundaciones y sindicatos que realicen operaciones dentro de este rango.
  • Comunidades de bienes y sociedades civiles con actividad económica.

Pasos para presentar el Modelo 347 online

La presentación se realiza a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Sigue estos pasos:

  1. Accede al portal del Modelo 347.
  2. Inicia sesión con certificado digital o Cl@ve PIN.
  3. Completa los datos de facturación anual con cada proveedor o cliente.
  4. Verifica la información para evitar discrepancias.
  5. Envía la declaración y guarda el justificante.

¡Importante!

El Modelo 347 debe enviarse entre el 1 y el 28 de febrero del año siguiente al ejercicio fiscal correspondiente. Por ejemplo, si tu empresa ha superado el umbral de facturación con alguna compañía de luz y gas en 2024, deberá presentar el Modelo 347 en el plazo previamente mencionado. 

Preguntas frecuentes sobre el Modelo 347 de la Agencia Tributaria

¿Cómo saber si una empresa ha superado el umbral de los 3.005,06 €?

Para calcular si se ha superado el umbral, hay que sumar todas las facturas emitidas y recibidas a un mismo proveedor o cliente, incluyendo el IVA. Se deben considerar tanto pagos directos como fraccionados que, en conjunto, alcancen o superen el límite anual.

¿Puedo presentar el Modelo 347 si no tengo certificado digital?

No, la presentación del Modelo 347 es obligatoriamente telemática y requiere un certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN. Si no dispones de estos métodos, puedes autorizar a un gestor o asesor fiscal para que lo haga en tu nombre.

¿Qué pasa si presento el Modelo 347 fuera de plazo?

Si presentas la declaración fuera del plazo establecido (1 al 28 de febrero), podrías enfrentarte a sanciones económicas que van desde 300 € hasta 20.000 € (según el artículo 198 de la Ley General Tributaria), dependiendo de la gravedad de la omisión y del retraso en la presentación.

¿Qué pasa si un cliente no me incluye en su Modelo 347, pero yo sí lo incluyo?

Si un cliente no te incluye en su declaración, pero tú sí lo haces, Hacienda podría detectar una discrepancia y solicitar información adicional. En este caso, contacta con tu cliente para asegurarte de que ambos habéis declarado la operación correctamente.