¿En qué consiste la Nueva Ley Antiokupas?

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Hasta ahora, echar a un okupa podía tardar un año o más. Sin embargo, con la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, que modifica la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) introduce la posibilidad de tramitar los delitos a través del procedimiento de Juicio Rápido (el que promete plazos de 15 días).

La "Nueva Ley Antiokupas" entró en vigor el pasado 3 de abril de 2025.

Principales cambios de la Nueva Ley Antiokupas (LO 1/2025)

La reforma legal, incluida en la Ley Orgánica 1/2025, introduce cuatro cambios fundamentales que buscan acelerar la respuesta legal y reforzar la protección de la propiedad:

  • Procesos judiciales más rápidos: Se establece el Juicio Rápido para los delitos de ocupación, lo que busca reducir los plazos de meses a un máximo de 15 días hasta la vista judicial y la orden de desalojo, eliminando gran parte de la burocracia.
  • Endurecimiento de sanciones: Se incrementan las penas de prisión para los ocupantes, especialmente en casos de usurpación o allanamiento donde se utilice violencia o intimidación. Esto actúa como un claro elemento disuasorio.
  • Clarificación de delitos: Se mantiene y refuerza la distinción entre:
    • Allanamiento de morada: Ocupación de tu vivienda habitual. Permite la actuación policial en 48 horas sin orden judicial.
    • Usurpación: Ocupación de inmuebles deshabitados o locales.
  • Empoderamiento de Comunidades de Vecinos: Las Comunidades de Propietarios dejan de ser meros espectadores. Ahora cuentan con competencias legales directas para interponer demandas de desalojo contra los okupas que causen molestias o alteren gravemente la convivencia.

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¿En qué consiste el "juicio rápido" de la nueva Ley Antiokupas?

Este es el punto clave: lo que antes tardaba meses o años, la ley quiere que se resuelva en un par de semanas en el juzgado. La nueva reforma permite aplicar el procedimiento de Juicio Rápido a los casos de ocupación ilegal.

Antes vs. ahora del desalojo con la reforma de la Ley Antiokupas
 AntesAhora (con la Ley 1/2025)
Vía judicialEl caso iba por vía civil (desahucio).El caso va por vía penal (delito).
ProcedimientoEl proceso duraba entre 4 meses y más de 1 año.El juez debe celebrar la vista oral en un máximo de 15 días desde la denuncia.
ResoluciónEl desalojo (lanzamiento) se producía mucho después.El desalojo es inmediato tras dictarse la sentencia condenatoria.

Diferencias en los procedimientos legales según la Ley Antiokupas (LO 1/2025)

Para el propietario, el factor más importante que determina la velocidad del desalojo es el tipo de inmueble que ha sido ocupado. La ley distingue claramente entre el delito que afecta a tu hogar y el que afecta a una propiedad deshabitada, y esto define si la policía puede actuar inmediatamente o si se necesita la orden de un juez.

Diferencias entre allanamiento y usurpación
SituaciónDenominación legalDesalojo rápido
Te han ocupado tu casa habitual o tu segunda residencia (la de la playa).Allanamiento de moradaSi avisas a la policía en las primeras 48 horas, pueden echarlos sin necesidad de orden judicial.
Te han ocupado un piso vacío de tu propiedad (que no usas) o un local.Usurpación de bien inmuebleNecesitan una orden judicial. Se inicia el nuevo proceso de Juicio Rápido en 15 días.

¿Y los "Inquiokupas"?

Si tienes un inquilino con un contrato legal que deja de pagar la renta o se niega a irse al terminar el contrato, esto NO es ocupación ilegal para la nueva ley. Sigue siendo un problema de impago de alquiler y debe resolverse por la vía civil tradicional (la lenta).

¿Que consecuencias tiene la Nueva Ley para los okupas?

Como ya hemos visto, la Ley Orgánica 1/2025 no solo agiliza el desalojo, sino que también incrementa significativamente el riesgo legal para quienes ocupan ilegalmente una propiedad. Las consecuencias principales para los okupas son un castigo más duro y una protección judicial menor frente a la acción del propietario:

  • Aumento de las penas de prisión: El allanamiento de morada ya puede suponer hasta cuatro años de cárcel en casos graves. Además, si la ocupación (ya sea allanamiento o usurpación) se realiza con violencia o intimidación, las penas de prisión son mucho mayores.
  • Pérdida de la ventaja temporal por vulnerabilidad: La ley prioriza el derecho a la propiedad. El juez ya no está obligado a paralizar el proceso de desalojo para esperar un informe de Servicios Sociales. Aunque la ley contempla la derivación social, la actuación judicial no se detiene, eliminando así una de las principales herramientas dilatorias que usaban los ocupantes.

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¿Qué ocurre con los okupas en situación de riesgo con la Nueva Ley?

La ley evita que el dueño se vea obligado a actuar como proveedor social, pero exige a la Administración buscar una solución habitacional antes de ejecutar el desalojo.

Si durante el proceso se demuestra que los okupas son personas vulnerables (con niños, sin recursos), el juez puede suspender el desalojo temporalmente (por ejemplo, dos meses).

Durante este tiempo los Servicios Sociales tendrán que buscar una alternativa de vivienda y evitar que las personas queden en la calle, pero no anula tu derecho a recuperar la casa.

Preguntas frecuentes sobre la Ley Antiokupas

¿Cuál es la ley que permite desalojar en 15 días?

Es la Ley Orgánica 1/2025, que reformó la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Esta ley permite tramitar los delitos de allanamiento y usurpación a través de la vía del Juicio Rápido, acortando significativamente los plazos judiciales.

¿La policía puede echar a los okupas de mi casa sin orden judicial?

La policía puede desalojar siempre que los ocupantes no presenten un título legal válido (como un contrato) y el propietario presente pruebas suficientes de su derecho a la vivienda (como las escrituras)

En casos de usurpación o tras 48 horas de allanamiento, se necesitará además una orden judicial, que se obtendrá rápidamente con el nuevo Juicio Rápido

¿El desalojo es de verdad en 24 horas?

El "desalojo exprés" en 24 horas solo es posible si se dan dos circunstancias:

  1. Es un caso de allanamiento de morada, y la policía actúa en flagrancia (en las primeras 48 horas).
  2. El juez dicta la orden en el marco del Juicio Rápido y los okupas no presentan absolutamente ninguna documentación que justifique su presencia.

¿Esta ley afecta a los inquilinos morosos ("inquiokupas")?

Esta ley se centra en la ocupación ilegal (entrada sin permiso ni contrato). Si tienes un inquilino que dejó de pagar o se niega a irse al terminar el contrato, debes seguir el procedimiento de desahucio por impago, que se tramita por la vía civil y sigue siendo más lento.

¿Cómo pueden actuar las Comunidades de Propietarios contra los okupas?

Las comunidades de propietarios tienen ahora una vía legal clara para actuar en nombre de todos los vecinos, sin depender únicamente de que lo haga el propietario del inmueble ocupado. En este caso:

  • El acuerdo para iniciar la demanda judicial contra los ocupantes se debe tomar en una Junta de Propietarios.
  • Para que el acuerdo sea válido, solo necesita la mayoría simple de los propietarios presentes y representados en la Junta.