¿Qué es una acometida eléctrica en la vivienda y cuánto cuesta?

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La acometida de la luz conecta un punto de suministro con la red de distribución para que pueda disponer de energía eléctrica. Descubre en qué casos hay que solicitar su instalación y quién debe hacerse cargo de la misma.

¿Qué es una acometida eléctrica?

La acometida eléctrica constituye la conexión entre la red de distribución y el punto de suministro. Es un elemento fundamental para que una vivienda o local cuente con electricidad, ya que se encarga de su canalización.

Realizar la instalación de la acometida eléctrica es indispensable en estos tres supuestos:

 Cuando en un inmueble, local o vivienda no ha existido un contrato de suministro con anterioridad.

 Cuando se construye un nuevo bloque de viviendas.

 Cuando el cliente quiere aumentar la potencia contratada y su actual acometida no está preparada para ello tendrá que solicitar una nueva acometida.

La acometida eléctrica es propiedad de la distribuidora eléctrica que opera en cada zona geográfica. Es también la encargada de realizar su instalación, por lo que el primer paso para instalarla es ponerse en contacto con el departamento de nuevos suministros de la distribuidora de luz correspondiente. No obstante, también existen empresas instaladoras autorizadas que pueden llevar a cabo la instalación.

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Gestión de expedientes de acometida ¿Cómo solicitar la acometida de la luz?

Lo primero que debe hacer un usuario que quiera disponer de un nuevo punto de suministro es solicitar la acometida eléctrica a través de la distribuidora que opera en su zona. Estos son los teléfonos de las principales distribuidoras del país:

Solicitar la acometida a una distribuidora
DistribuidoraContacto
E-Distribución (Endesa)900 878 119
I-DE (Iberdrola)900 171 171
Unión Fenosa Distribución (Naturgy)900 333 999
Viesgo Distribución900 101 051
E-Redes (Grupo EDP)900 907 003

En total, el proceso para instalar la acometida eléctrica consta de cinco pasos bien diferenciados:

 Solicitud de la acometida:

En esta fase, el cliente debe facilitar a la distribuidora o a la empresa instaladora autorizada una serie de datos tanto personales como relativos al inmueble en el que se va a instalar la acometida. Son los siguientes:

  • Nombre, apellidos y DNI
  • Dirección del suministro
  • Superficie de la vivienda
  • Potencia que solicita
  • Plano del inmueble y de la ubicación de la caja de protección general

 Elaboración de un informe:

Una vez recibida la información y abierto el expediente de gestión, la distribuidora o empresa realizará un estudio y un informe previo al proyecto. También realizarán un presupuesto de la instalación. Ambos documentos suelen estar listos en un plazo máximo de 20 días.

 Redacción del proyecto:

Si el cliente aprueba el presupuesto se elaborará el proyecto final y se preparará toda la documentación necesaria para el inicio de las obras.

 Obras:

La duración de los trabajos para instalar la acometida de la luz dependerá de la envergadura de las obras.

 Entrega de documentación:

Cuando las obras finalizan, la distribuidora entrega al cliente toda la documentación relativa a la instalación, incluido el Certificado de Instalación Eléctrica o Boletín Eléctrico, que recoge la potencia máxima admisible por la vivienda.

En este punto, la distribuidora también facilita al consumidor el Código Universal de Punto de Suministro (CUPS), que sirve para identificar cada instalación. Una vez otorgado el CUPS, el consumidor ya puede contratar la luz con la comercializadora que desee.

¿Cuánto cuesta la acometida de la luz?

Estimar el coste de la acometida eléctrica es complejo porque su precio depende de numerosos factores, tales como:

  • El tipo de vivienda en el que se tenga que instalar
  • La distancia entre la red de distribución y el inmueble o local
  • La calidad del terreno
  • La envergadura de la obra
  • Plano del inmueble y de la ubicación de la caja de protección general

Todo ello se contempla en el presupuesto que la distribuidora entrega al cliente para su aprobación antes de la ejecución de la obra. Asimismo, deberá abonar a la distribuidora los derechos de acometida (extensión y acceso).

En el caso de dar de alta la luz por primera vez también se le puede solicitar el abono por los derechos de supervisión y verificación:

  • Conceptos a pagar en una acometida eléctrica:
  • Derechos de extensión: Se abonan por la extensión de la red de distribución.
  • Derechos de acceso: Hay que abonarlos cada vez que un consumidor se incorpora a la red eléctrica.
  • Derechos de supervisión: Se pagan por la inspección que la distribuidora tiene que realizar en las instalaciones realizadas por empresas autorizadas.
  • Derechos de verificación: Se abonan por comprobar la distribuidora que la instalación funciona y cumple con la normativa vigente.

Por último, para disponer de luz, el cliente tiene que activar la conexión de su instalación con la red de distribución mediante los derechos de enganche.

Precio de la acometida eléctrica
ConceptoCoste
Derechos de acceso19.70 €/kW contratado
Derechos de extensión17.37 €/kW contratado
Derechos de supervisión101.52 €
Derechos de enganche9.94 €
Derechos de verificación8.01 €

Precios sin impuestos.

El coste de todos los derechos está regulado por el Gobierno y se recoge en el Boletín Oficial del Estado.

¿Cómo hacer la acometida eléctrica en un piso?

Lo habitual es que al entrar a vivir en un piso, la acometida eléctrica ya esté instalada. La inmensa mayoría de las constructoras se encargan de solicitar los trabajos de acometida de la luz así como la conexión con la red eléctrica.

El promotor de las viviendas es el encargado también de definir el grado de electrificación para cada una de las viviendas, es decir, lo que se llama la previsión de carga. Esta sirve para asegurar que la demanda de suministro eléctrico de cada vivienda puede ser cubierta.

Si el piso no tiene la acometida realizada, el propietario ha de solicitar la instalación a su distribuidora o a una empresa autorizada.

¿Cómo es la acometida para una vivienda unifamiliar?

La instalación de la acometida eléctrica para una vivienda unifamiliar es ligeramente diferente a la que se realiza en una vivienda que forma parte de un bloque de pisos. En este caso se trata de una acometida monofásica, mientras que para un edificio de varios pisos es trifásica.

  • Monofásica: El cable conductor consta de dos hilos, uno activo y otro neutro.
  • Trifásica: El cable conductor está compuesto de cuatro hilos, tres activos y uno neutro.

En el caso de las unifamiliares o los chalets, la acometida eléctrica va a parar a un único módulo de contador ubicado en el exterior de la vivienda, que será accesible a los técnicos que tengan que acudir a hacer las lecturas o inspecciones pertinentes.

Por contra, si se trata de una vivienda que pertenece a un bloque de pisos, existen dos opciones: que el contador de luz esté en cada una de las viviendas o que esté en centralizados en un cuarto de contadores.

¿Me pueden multar por tener una doble acometida?

Por regla general, una única acometida es suficiente para satisfacer la demanda de energía de un bloque de viviendas o una unifamiliar. No obstante, existen algunos casos en los que se instalan una segunda acometida.

Se trata de casos en los que la vivienda tiene una segunda acometida de la cual la distribuidora no tiene constancia. Esa acometida suministra energía pero el gasto no se puede imputar a la factura de luz, por lo que el consumidor está infringiendo la ley.

La detección por parte de la distribuidora de una doble acometida ilegal es motivo de multa. De hecho, el fraude eléctrico constituye un delito recogido en el artículo 255 del Código Penal, así como las distintas estafas de luz.

¿Con qué compañía contratar la luz tras la acometida eléctrica?