¿Se puede desgravar un seguro médico?

Por norma general, los seguros de salud no desgravan, puesto que se consideran un complemento «voluntario» a todas las garantías que ya ofrece el Sistema Nacional de Salud español. No obstante, hay algunos supuestos en los que esta «norma» se rompe y es posible deducir la póliza médica en la declaración de la renta:

  • Trabajadores autónomos
  • empresas que dispongan de un seguro de salud colectivo para todos los asalariados
  • trabajadores por cuenta ajena que dispongan de un seguro médico brindado por la compañía.

Beneficios fiscales de los seguros de salud para autónomos

Tener un seguro para autónomos reporta importantes beneficios fiscales. Tal y como recoge la legislación vigente, para ellos la póliza de salud es un gasto deducible en la declaración del IRPF (Impuesto de Renta de las Personas Físicas).

Así, este colectivo puede deducirse el seguro médico en la declaración del IRPF en pagos fraccionados, por medio del modelo 130, o en uno único.

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Ventajas fiscales de los seguros de salud para empresas y empleados

En el campo empresarial, disponer de un seguro de salud conlleva ventajas fiscales tanto para la empresa como para los trabajadores de la misma:

Beneficios fiscales de los seguros de salud para empresa y trabajadores

  • Ventajas para la empresa: la compañía puede deducirse el 100 % del capital que destine a pagar un seguro de salud colectivo a sus trabajadores ya que tributa por el Impuesto de Sociedades
  • ventajas para el trabajador: si el trabajador recibe la póliza de salud como parte del salario, no se considera rendimiento del trabajo por lo que tanto él/ella como su cónyuge y sus hijos menores de 25 años que vivan en el domicilio familiar y no tengan unos ingresos superiores a lo acordado están exentos de tributarla, lo que se traduce en ahorro. En este caso, el límite también se establece en 500 € por cada una de las personas indicadas: si la prima supera esta cantidad, los primeros 500 € no tributan pero el resto sí, concretamente como rendimiento en especie.

A las empresas se les aplica el Impuesto de Sociedades en función de los beneficios que obtengan. De esta manera, el importe de estas pólizas médicas se incluye en la cuenta de beneficios dando como resultado una importante rebaja fiscal.

Ejemplo para entender las ventajas para el trabajador

Un empleado que cobra 15.000 € anuales pero que 400 vienen en forma de pago del seguro médico, en la declaración de la renta, los rendimientos del trabajo serán únicamente de 14.600. Esta cifra es la que la Agencia Tributaria tendrá en cuenta a la hora de aplicar los impuestos, de ahí el descuento y el beneficio fiscal.

Más información sobre los seguros médicos

Preguntas frecuentes sobre desgravar seguros de salud

No, en ningún caso si contratas un seguro de salud como particular puedes desgravarte el seguro de salud. Los únicos que se lo pueden deducir son las empresas, los autónomos y los empleados que tienen un seguro de salud colectivo contratado por su compañía.

No, es posible que entre comunidades autónomas haya diferencias en la regulación fiscal y por consiguiente en la desgravación del seguro de salud. Antes de ponerte manos a la obra, te recomendamos contactar con un gestor o preguntar directamente a la Agencia Tributaria.

En el caso de ser autónomo, si el seguro de salud te aparece como rendimiento de actividades económicas en estimación objetiva, te lo deducen automáticamente. De lo contrario, si te lo incluyen en rendimiento de actividades económicas en estimación directa, deberás rellenar la casilla 200 «Prima de Seguro», ya que son los gastos fiscalmente deducibles.

A parte del seguro de salud, se pueden desgravar el seguro de vida (si está vinculado a una hipoteca, a un plan de ahorro o seas autónomo), desgravar el seguro de hogar (siempre que también esté vinculado a una hipoteca, seas autónomo o tengas la vivienda arrendada) y el seguro de impago de alquiler. Asimismo, un autónomo puede desgravar el seguro de coche siempre que esté relacionado con la actividad profesional que desempeña (repartidor, taxista, por poner algunos ejemplos).

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