Seguro de impago de alquiler de ARAG: características y precio

Para garantizar a sus clientes tranquilidad, ARAG ofrece un seguro ante el impago de alquiler que además cuenta con asesoramiento y gestión de acciones legales.

Seguro de alquiler ARAG
Nombre del productoSeguro de impago de alquiler ARAG
Número de impagos6, 9 o 12 mensualidades
Coberturas destacadas
  • Defensa y reclamación del contrato de arrendamiento;
  • reclamación de daños sobre bienes del inmueble;
  • pérdida de alquileres por incendio.

Calculamos tu seguro de impago de alquiler de forma gratuita

Agentes especializados en asesoramiento en el mercado de seguros.

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Todas las coberturas del seguro de alquiler

El seguro de ARAG ofrece una serie de coberturas para garantizar a sus clientes la máxima tranquilidad posible sobre su propiedad en alquiler.

Coberturas relacionadas con el impago

  • Pago de la prestación de rentas;
  • pago de la prestación de suministros y cuotas comunitarias;
  • pérdida alquileres por incendio.

Coberturas relacionadas daños en el inmueble

  • Gastos de cerrajero y cerradura;
  • actos vandálicos al continente;
  • pago de gastos ocasionados por la limpieza de la vivienda.

Coberturas relacionadas con reclamaciones o procesos judiciales

  • Reclamación de daños ocasionados al inmueble y a los bienes del mismo;
  • defensa y reclamación del contrato de arrendamiento;
  • pago de gastos ocasionados por la limpieza de la vivienda;
  • reclamación en contratos de servicios de reparación o mantenimiento;
  • reclamación del propietario por infracciones de normas legales;
  • defensa de otros seguros y reclamación del propietario sobre servidumbres;
  • defensa penal como miembro de la junta de la comunidad de propietarios;
  • asistencia jurídica telefónica.

Opiniones sobre el seguro de alquiler ARAG

No recomiendo este seguro. No sirve de nada ni responden a los correos. No son nada diligentes en la reclamación y no pagan al asegurado.
Jose S.
Buenos profesionales, me resolvieron todas las dudas y se gestionó todo muy rápido.
Anónimo
Nefasta comunicación. Tras 15 días de haber presentado la documentación solicitada no me contestan. Ignoran a los clientes y no responden. Pesimo servicio 0 recomendable.
Anónimo
He tenido que usar bastante la cobertura de asistencia jurídica telefónica y ha funcionado bien porque me han atendido inmediatamente dándome un asesoramiento adecuado.
Anónimo

Requisitos para la contratación

Para contratar el seguro, la compañía exige realizar un estudio previo sobre los inquilinos y ver si son asalariados, autónomos, pensionistas o trabajadores del hogar.

InquilinosDocumentación necesaria
Asalariados
  • Dos últimas nóminas y contrato laboral;
  • copia del DNI;
  • solicitud de seguro firmada por inquilino y propietario.
Autónomos
  • Última declaración de la renta;
  • dos últimos recibos del pago de autónomos;
  • copia del DNI;
  • solicitud de seguro firmada por inquilino y propietario.
Pensionistas
  • Justificante de pensión emitido por la Seguridad Social;
  • copia del DNI;
  • solicitud de seguro firmada por inquilino y propietario.
Trabajadores del hogar
  • Certificado actualizado de la Vida Laboral;
  • contrato laboral y dos últimas nóminas;
  • solicitud de seguro firmada por inquilino y propietario.

Teléfonos y contacto del seguro de alquiler de ARAG

ARAG pone a disposición del cliente varias vías de contacto para cualquier consulta que éste pueda tener.

Teléfonos de ARAG
Para informar de un parte934 858 501
Atención al cliente900 102 960 | 934 858 907 | 915 661 601
Asistencia jurídica934 858 900 | 912 971 170
Dar de baja el servicio900 102 960

Preguntas frecuentes sobre el seguro de impago de ARAG

Dispones de diferentes formas para darte de baja en este seguro:

  • Por correo postal, enviando una carta solicitando la baja indicando el número de póliza y una copia del DNI/NIF adjunta a: Departamento de Administración C/Roger de Flor 16, 08018 Barcelona;
  • Por teléfono en el 900 102 960;
  • Mediante email, enviando un correo electrónico a anexos@arag.es indicando el número de póliza y adjuntando una copia del DNI/NIF.

Si el inquilino deja de pagar el alquiler debes de avisar en los próximos 10 días desde el impago. La manera de hacerlo es telefónicamente al número: 934 858 501.

El adelanto de las rentas impagadas se realiza una vez hayan dado comienzo las acciones judiciales y se esté dentro del período de tres meses posteriores al primer impago de mensualidad.

En estos supuestos no sería necesario cancelar el seguro contratado. En este caso bastaría con contactar con la aseguradora para solicitar una suspensión temporal mediante la firma del contrato de rescisión.