Receta Médica Privada: diferencias con la de la Seguridad Social

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Las recetas médicas privadas pueden ser expedidas por médicos, odontólogos y podólogos en el ámbito de los seguros privados de salud y pueden ser utilizadas legalmente en farmacias. Te contamos qué tipos hay y las diferencias con las recetas del médico de la seguridad social.

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¿Qué es una receta médica privada?

Una receta médica privada es un documento estandarizado en el ámbito de la salud mediante el cual los médicos, odontólogos y podólogos del área privada prescriben médicamentos a sus pacientes para su posterior dispensación en farmacias.

Entonces, ¿un médico privado puede dar recetas?

Sí, el 21 de enero de 2011 entró en vigor el Real Decreto 1718/2010 sobre receta médica y órdenes de dispensación, por el cual se otorga validez a la receta privada, tanto en soporte informático como físico.

¿En qué formatos pueden ser entregadas las recetas médicas privadas?

Las recetas de salud expedidas por un facultativo del ámbito privado pueden ser entregadas en la farmacia en dos formatos, ambos igual de válidos:

  • Receta electrónica privada
  • Receta privada en papel

Para poder prescribir la receta electrónica privada, el médico debe utilizar el sistema de receta médica electrónica a través de un dispositivo integrado en el sistema, el cual debe ser autentificado para garantizar la seguridad de las comunicaciones. Además, debe confirmar su identidad, firmar digitalmente la receta y solicitar al paciente la tarjeta sanitaria individual para ingresar al sistema el código de identificación personal.

Cuando se realiza la prescripción a través del sistema de receta electrónica, se debe generar y entregar al paciente un documento que contiene información detallada sobre el tratamiento recetado.

¿Qué datos debe incluir una receta médica privada?

El prescriptor de la receta de salud privada debe incluir unos datos obligatorios para que la receta cuente con la validez para poder ser aceptada en la farmacia. Los datos necesarios son los siguientes:

 Datos del paciente: nombre, apellidos, fecha de nacimiento y DNI

 Datos del medicamento: denominación del principio activo, denominación del medicamento si se trata de un medicamento biológico, dosificación y forma farmacéutica, vía o forma de administración si fuera necesario, número de unidades por envase o peso/volumen, número de envases, frecuencia y duración del tratamiento.

  Datos del prescriptor: nombre y apellidos, datos de contacto (email y teléfono), dirección profesional, cualificación profesional, número de colegiado y firma.

 Otros datos: fecha de prescripción, fecha prevista de dispensación y número de orden.

¿Receta del médico privado o de la Seguridad Social?

Lo primero de todo es aclarar que las recetas privadas son igual de válidas que las de la seguridad social, por lo que cualquier paciente, ya sea del ámbito privado o público, puede ir a una farmacia y obtener los medicamentos que le hayan recetado.

La gran diferencia viene a la hora de pagar esos medicamentos, ya que las prescripciones de la Seguridad Social cuentan con bonificaciones que abaratan bastante el precio de los medicamentos, mientras que las recetas médicas privadas no disponen de descuentos.

¿Qué rebajas tienen las recetas de la Seguridad Social?

Las rebajas que ofrece la Seguridad Social en los medicamentos suelen llegar hasta el 60% del precio de venta en caso de personas menores de 65 años y hasta el 90% en el caso de pensionistas.

¿Por qué adquirir una receta médica privada si se paga más?

El principal motivo es la inmediatez, es decir, el acceso a la consulta o especialidad suele ser mucho más temprano en la sanidad privada y, si se trata de medicamentos económicos, a los pacientes no les importa esa falta de bonificación en el precio.

¿Se puede ir a la Seguridad Social con la receta médica privada para que te den una receta equivalente y pagar menos?

Cuando los medicamentos son costosos, los pacientes con receta privada suelen ir al médico de la Seguridad Social para que les prescriban la misma receta pero a través del sistema público y así obtener el descuento.

Cabe decir, que el médico no está obligado a prescribir la misma receta y mucho menos a transcribirla, ya que estaría asumiendo la responsabilidad del diagnóstico y tratamiento del médico privado que lo hizo anteriormente.

Por ello, lo más normal es que, ante esta situación, el médico de la Seguridad Social evalúe el estado de salud y que este recete lo que considere, aunque suele coincidir con lo que se prescribe en la receta médica privada.

¿Existe la receta médica privada gratis?

Si se cuenta con un seguro de salud con reembolso del 100% sí, ya que los medicamentos entran en las coberturas de dicho seguro. En este tipo de seguros médicos, el paciente debe abonar el coste de los medicamentos en la farmacia y la aseguradora le devuelve el dinero gastado al cabo de unos días.

¿El precio de los medicamentos es el mismo con receta médica privada?

No, cuando acudes a una farmacia con una receta privada debes abonar el 100% del precio del medicamento. En cambio, las recetas del médico de la sanidad pública llevan implícitas un descuento en los medicamentos.

Truco

Una forma de conseguir descuentos con la receta médica privada es ir al médico de la Seguridad Social con la receta privada para que te haga una nueva receta por lo público. El médico debe examinarte y decidir si lo hace o no. Normalmente, el diagnóstico y tratamiento suele ser el mismo o similar.

A continuación, te mostramos los descuentos que se aplican en los medicamentos cuando se trata de una receta médica pública:

Descuentos en los medicamentos
GrupoSituaciónDescuento

Exentos

Personas con discapacidad

100%

Pensionistas no contributivos
Personas con Ingreso Mínimo Vital
Personas en paro sin derecho a subsidio

Pensionistas

Renta inferior a 11.200 €100%
Renta entre 11.200 € a 100.000 €90%
Renta superior a 100.000 €40%

Activos

Renta inferior a 18.000 €60%
Renta entre 18.000 € y 100.000 €50%
Renta superior a 100.000 €40%
MutualistasMUFACE, MUGEJU, ISFAS70%

Enlaces de interés

¿Cuándo caduca una receta médica privada?

La validez de las recetas médicas, tanto públicas como privadas, están reguladas por el Real Decreto 1718/2010, el cual establece en sus artículos 5.5b y 10 la duración legal de dichas recetas, siendo la siguiente:

 Plazo de validez receta médica privada en papel:

La prescripción médica emitida en formato papel tiene una validez de hasta diez días naturales desde la fecha en que fue emitida, o desde la fecha prevista por el médico para su entrega, si se especifica.

Después de este período, no se pueden solicitar ni dispensar medicamentos ni productos sanitarios con esa receta, a menos que se trate de medicamentos o productos sanitarios sujetos a un visado, cuyo plazo de validez se cuenta a partir de la fecha del visado. En el caso de vacunas personalizadas contra alergias o bacterias, la validez de la receta se extiende hasta un máximo de noventa días naturales desde la fecha indicada.

 Plazo de validez de la receta médica electrónica privada:

En cuanto a la receta médica electrónica, el paciente dispone de diez días naturales para recoger el medicamento o producto sanitario en la farmacia desde la fecha de la prescripción o del visado, en caso de ser necesario, para la primera dispensación.

Para las dispensaciones siguientes, el período de validez comienza diez días naturales antes de que finalice la medicación de la dispensación anterior y concluye en la fecha establecida por el médico para el fin del tratamiento.

Receta médica privada: preguntas frecuentes

¿Qué hacen las farmacias con las recetas privadas?

Las recetas privadas son tratadas en la farmacia igual que si fuesen del sistema de sanidad pública, con la diferencia de que estas últimas perciben un descuento en el precio.

¿Se puede falsificar una receta médica privada?

No, la falsificación de una receta médica privada se considera una infracción administrativa o penal, en función de la administración sanitaria competente que lo considere.

¿Cuánto tiempo dura una receta médica privada?

La receta médica privada tiene una validez de 10 diez días desde la prescripción de la receta.

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